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Ex funcionarios del GEM podrían ser sancionados con hasta 12 años de prisión

Son diversos los señalamientos que el pasado gobierno estatal ha acumulado, principalmente en acciones que atribuyen un incumplimiento de funciones 

Los ciudadanos sí pueden presentar una denuncia como terceros afectados por los hechos en los que supongan que ha existido un delito


Por el caso de explotación ilegal del Viaducto Bicentenario, exfuncionarios del Gobierno del Estado de México anterior pudieran ser acreedores a una sanción de hasta 12 años de prisión por haber cometido un delito federal, refirió Juan Carlos González Díaz, presidente del Foro de Abogados Progresistas del Estado de México.

Indicó que son diversos los ex servidores acusados del delito de explotación de un bien nacional sin concesión del gobierno federal, por lo que de ser comprobada su responsabilidad podrían ser acreedores a prisión, más las responsabilidades administrativas que se les puedan sumar.

De acuerdo con la Ley General de Bienes Nacionales, en su artículo 150, se sancionará con prisión de 2 a 12 años y multa de 300 a mil veces el salario mínimo general diario vigente a quien use, aproveche o explote un bien que pertenece a la Nación, sin haber obtenido previamente concesión, permiso o autorización o celebrado contrato con la autoridad competente.

Y es que en relación a este tema son señalados el ex titular de la Secretaría de Movilidad del Estado, Luis Gilberto Limón Chávez y el exsecretario general de Gobierno, Ernesto Nemer Álvarez, así como Alberto Angulo, ex director del Sistema de Autopistas y Jorge González Bezares, ex director de la Junta de Caminos, además de directivos de OHL México.

Además del caso anterior, derivado del análisis de las Cuentas Públicas Estatal y Municipales 2022, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), detectó hallazgos como operaciones contables realizadas por diversas empresas, equivalentes a 851 millones de pesos y las cuales pudieran ser una posible simulación, puesto que los proveedores no fueron localizados en los domicilios referidos en los contratos.  

Así como las anteriores, son diversos los señalamientos que el pasado gobierno estatal ha acumulado, principalmente en acciones que atribuyen un incumplimiento de funciones por parte de quienes fueran secretarios de estado, ante ello, Luis Ignacio Lujano Rivera, exdirector General de Averiguaciones Previas y subprocurador de Justicia de Toluca, enfatizó que el servidor que ilícitamente utilice fondos públicos u otorgue alguno de los actos a que se refiere el artículo 340 del Código Penal del Estado de México -como el otorgar concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes del Estado de México o de sus municipios-, haga uso ilícito de atribuciones y facultades, entre otros, pudiera alcanzar una pena de entre 3 meses a 10 años de prisión por el delito de peculado, dependiendo el monto de los fondos utilizados indebidamente.

Finalmente, dejó claro que los ciudadanos sí pueden presentar una denuncia como terceros afectados por los hechos en los que supongan que ha existido un delito por parte de ex servidores o servidores públicos, debiendo presentarla ante una agencia del Ministerio Público, la Fiscalía General de Justicia del Estado de México y si se tratara de un delito federal, ante la Fiscalía General de la República.

Aclaró que la responsabilidad de identificar de qué delito se trata, es exclusiva del Ministerio Público y que es la autoridad quien puede referir la competencia del delito, ya sea estatal o federal.

“Por tanto, no es necesario que presenten una nominación de un delito específico, basta con que presenten una denuncia de hechos por los cuales suponen que ha existido el delito, al final todo mundo puede presentar una denuncia, lo importante es que los ciudadanos que presenten una denuncia cuenten con elementos que ayuden a sustanciarla para que no sea desechada y no las envíen al archivo”.