www.capitaledomex.com.mx

Determina TEEM la no renovación de autoridades auxiliares en Ecatepec

 

Deberá contemplar un plazo de cinco días para el registro de planillas y dos días para subsanar posibles omisiones en el registro


El pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), determinó durante Sesión Pública que no deben llevarse a cabo las elecciones de autoridades auxiliares en el municipio de Ecatepec.

Al resolver 54 Juicios para la Protección de los Derechos de la Ciudadanía Local, el TEEM revocó la Convocatoria para el Procedimiento de Elección de Autoridades Auxiliares Municipales e integrantes de los Consejos de Participación Ciudadana 2022-2025 del municipio de Ecatepec al limitar la participación de las y los ciudadanos en el proceso de elección.

Con lo anterior, se determinó cancelar las elecciones para elegir delegados, subdelegados e integrantes de los Consejos de Participación Ciudadana (Copacis) a realizarse este fin de semana, con lo cual el Ayuntamiento tendrá que emitir una nueva convocatoria.

Y es que diversas ciudadanas y ciudadanos controvirtieron la Convocatoria para la elección de autoridades auxiliares municipales 2022-2025, al considerar que los requisitos y documentación exigida, limitan su participación en el proceso de elección, al no estar previstos en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Ante ello, ordenó a las autoridades responsables, que dentro de los dos días hábiles naturales siguientes a la notificación de la resolución, emita una nueva Convocatoria en la que deberá considerar al menos lo siguiente:

Hacer pública la convocatoria durante al menos diez días naturales, en los lugares de mayor afluencia y medios electrónicos del Ayuntamiento, página de internet, redes sociales, etcétera; respecto del requisito de vecindad, se podrá acreditar con la constancia de residencia correspondiente expedida tanto por el Secretario del Ayuntamiento o por autoridades auxiliares municipales, ejidales o comunales u otro documento idóneo.

Deberá contemplar un plazo de cinco días para el registro de planillas y dos días para subsanar posibles omisiones en el registro; y se estipula que la convocatoria deberá contener mecanismos para prevenir, atender, observar y, en su caso, sancionar la violencia política en razón de género.