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Avala Congreso reformas para mejorar la convivencia condominal

 

Se refirió que 3 de cada 10 mexiquenses viven en condominios, pero 6 de cada 10 desconoce la normatividad que rige a este tipo de viviendas


El Congreso del Estado de México aprobó reformas a la Ley que regula el Régimen de Propiedad en Condominio, lo cual contribuye a la seguridad jurídica y da claridad y precisión a la norma esencial del Reglamento Interno del Condominio, pero, sobre todo, a la convivencia armónica entre vecinos.

En su momento, la proponente de la iniciativa, la diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Evelyn Osornio Jiménez, refirió que 3 de cada 10 mexiquenses viven en condominios, pero 6 de cada 10 desconoce la normatividad que rige a este tipo de viviendas.

De ahí que fuera indispensable fijar los elementos mínimos que debe tener el Reglamento Interno del Condominio para evitar además, la diversidad interpretativa y confusiones, disminuyendo conflictos entre los vecinos, disminuir abusos y decisiones al margen de la ley.

Conforme al dictamen avalado por unanimidad, dicho reglamento debe contener los derechos, limitaciones y obligaciones de los condóminos referidos a las áreas y bienes de uso común; las bases y procedimientos para el cobro de las cuotas que deben ser aportadas por los residentes; causas para la remoción del administrador, o de los miembros del comité de administración y de la mesa directiva; las bases para la modificación de la escritura constitutiva y del Reglamento Interior del condominio; la determinación de criterios para el uso de las áreas y bienes de uso común, especialmente para aquellas que deban destinarse exclusivamente a personas con discapacidad, ya sean condóminos o residentes.

A la par, se precisa que se deberá determinar las medidas y limitaciones para poseer animales, tanto en las unidades de propiedad exclusiva, como en las áreas y bienes de uso común, considerando el número de animales permitidos, horarios de estancia en áreas comunes, tipo, especie, tamaños, raza y medidas de seguridad e higiene, entre otras.

“En las unidades de propiedad exclusiva no se podrá prohibir la tenencia o posesión de animales de compañía que por sus características físicas no representan un riesgo a la salud ni la integridad de las personas”,

se adiciona.

Asimismo, se deberá fijar la determinación de criterios para asuntos que requieran para su aprobación un porcentaje mayor de respaldo en caso de votación; las bases para la integración de acciones, programas y medidas en materia de seguridad, protección civil y gestión integral del riesgo.

También se fijarán las previsiones conducentes para otorgar a terceros las áreas y bienes de uso común que sean objeto de arrendamiento o que se destinen al comercio, estableciendo la temporalidad; las sanciones o medidas internas por incumplimiento a las obligaciones consignadas en esta Ley o el Reglamento Interior, entre otras.