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Se registran 206 inconformidades contra los resultados oficiales de la elección local

Hasta el momento, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) tiene un registro de 206 medios de impugnación presentados como inconformidad ante los resultados oficiales obtenidos durante la Jornada Electoral del 6 de junio.

Información aportada por el órgano electoral local indica que son en total 191 Juicios de Inconformidad (JI) y 15 Juicios para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano (JDC), los cuales han sido interpuestos con la finalidad de revertir el resultado final en tribunales electorales.

Se detalla que han sido 151 medios de impugnación interpuestos contra los cómputos municipales que efectuaron los órganos desconcentrados del IEEM, es decir, son inconformidades contra los resultados obtenidos en alguno de los 125 municipios: 138 corresponden a JI y 14 JDC.  En tanto, contra los resultados obtenidos en la elección de diputaciones locales, se han presentado 53 JI y dos JDC, sumando 55 recursos.

Respecto a quienes son los institutos políticos que han presentado mayores medios de impugnación, el Instituto refiere que ha sido el partido de reciente creación Fuerza por México (FXM) con 85; seguido de Morena quien ha presentado 20; el Partido Revolucionario Institucional (PRI) 17; Acción Nacional (PAN) 15 y Movimiento Ciudadano (MC) con 13.

De igual manera, Redes Sociales Progresistas (RSP) ha presentado 9; Verde Ecologista de México (PVEM) 8, Partido del Trabajo (PT) 7, Encuentro Solidario (PES) 6, de la Revolución Democrática (PRD) 5 y Nueva Alianza Estado de México sólo uno.

Hablando de coaliciones, únicamente “Juntos Haremos Historia en el Estado de México”, alianza conformada por Morena, PT y NAEM, ha presentado uno y ciudadanos en general 19.

Tiempos y plazos  

 Una vez que el IEEM acopia los medios de impugnación, es la Secretaría Ejecutiva quien los debe sustanciar para posteriormente remitirlos al Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) y sea este quien los resuelva y ratifique su procedencia o su desechamiento.

El plazo para que el TEEM pueda resolver la totalidad de los asuntos que le sean turnados es prácticamente de dos meses, siempre y cuando sean medios de inconformidad en contra de los resultados de la elección local de diputaciones y con cinco meses para la resolución de los juicios contra la elección de integrantes de los ayuntamientos.

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