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No hay escasez, pero deben cumplir requisitos para tramitar actas de defunción: Registro Civil

 

Ante las quejas de funerarias, el gobierno del Estado de México informa que la Dirección General del Registro Civil tiene total capacidad de respuesta ante la emergencia sanitaria por COVID-19. El Registro Civil cuenta con 264 Oficialías que operan en los 125 municipios mexiquenses, divididas en 13 regiones. En siete de dichas regiones se concentran […]


Ante las quejas de funerarias, el gobierno del Estado de México informa que la Dirección General del Registro Civil tiene total capacidad de respuesta ante la emergencia sanitaria por COVID-19.

El Registro Civil cuenta con 264 Oficialías que operan en los 125 municipios mexiquenses, divididas en 13 regiones. En siete de dichas regiones se concentran las zonas más pobladas de la entidad, por lo que trabajan incluso los fines de semana.

Para la atención de fallecimientos, se distribuyó en el Estado de México el papel seguridad –necesario para las actas de defunción– suficiente para atender la contingencia; hasta la fecha no se ha registrado ningún tipo de escasez.

Cabe mencionar que uno de los requisitos para la emisión de un Acta de Defunción es la presentación del certificado médico de defunción en formato autorizado por la Secretaría de Salud federal. Dicho certificado es expedido por médico titulado o persona legalmente autorizada por la autoridad sanitaria y su emisión depende únicamente de ellos.

El acta es el documento a través del cual el Registro Civil inscribe  la defunción. Su expedición toma un máximo de una hora siempre que se presenten los requisitos necesarios, principalmente la solicitud de acta con firma y huella de quienes comparecen, su identificación oficial vigente y el certificado de defunción.