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Ilegal y nula la concesión del Viaducto Bicentenario otorgada por el gobierno estatal

La concesión que el Estado de México le otorgó a la empresa “Viaducto Bicentenario, S. A. de C. V. en el 2008, fue absolutamente ilegal

Información de Guillermo Espinosa

En el caso del Viaducto Bicentenario, la Fiscalía General de la República (FGR) informó que el Gobierno del Estado de México nunca obtuvo concesión federal, para disponer del dominio de una vía de comunicación federal, propiedad de la Nación.

“La concesión que el Estado de México le otorgó a la empresa Viaducto Bicentenario, S. A. de C. V., en el 2008, fue absolutamente ilegal y, por lo tanto, es nula; cometiéndose el delito de Explotación de un Bien de la Nación, sancionado en los artículos 149, 150 y 151 de la Ley General de Bienes Nacionales”.

Ese acto calificado como delictivo por la FGR, le permitió a un particular, el saqueo de más de 8 mil millones de pesos por dicha explotación ilegal, correspondiéndole el 99.5% de los ingresos totales, de esa vía federal; compartiendo con el Gobierno del Estado de México 42 millones de pesos, equivalente al 0.5%; sin que la Federación haya recibido, en estos quince años, ni un solo centavo por la explotación de un bien propiedad de la Nación.

Desde agosto de 2011, y nuevamente en marzo de 2020, la hoy Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (antes Secretaría de Comunicaciones y Transportes) señaló esta ilegalidad y la presunción del delito federal correspondiente.

“Este no es un caso administrativo, ni civil; ya que está penado específicamente como delito, independientemente de toda la serie de actos y convenios fraudulentos que se han venido realizando para encubrir dicho delito”, detallan en el comunicado.

La FGR, especificó que haber alegado, por parte del Estado de México, que una autorización para el mantenimiento de una vía federal, como se da en todos los estados de la República, lo faculte para otorgar una concesión federal a un particular, es una absoluta falsedad y es contraria al Derecho; ya que la única autoridad facultada para otorgar una concesión de una vía general de comunicación es la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT)

En una audiencia que se realizó recientemente, el grado de injusticia con el que actuó el Juez Daniel Ramírez Peña llegó a un extremo verdaderamente inconcebible; ya que, antes de conocer las pruebas y argumentos de las partes, emitió públicamente una opinión respecto del caso y anunció su veredicto en contra del Estado Mexicano.

Razón por la cual la representación social de la Federación ahí mismo lo recusó en audiencia, por incurrir en una causa de impedimento para seguir conociendo del asunto; y, por lo tanto, se le iniciará el juicio correspondiente, independientemente de los recursos que la ley permite.

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