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Diputados proponen crear Registro Público de Agresores Sexuales

Con la finalidad de que las personas agresoras que cuenten con una sentencia firme, puedan ser evidenciadas y garantizar el derecho de las víctimas a tener una vida libre de violencia, el Grupo Parlamentario de Morena presentó una iniciativa para crear el Registro Público de Agresores Sexuales del Estado de México.

Para ello, los diputados proponentes de la iniciativa, Tanech Sánchez Ángeles y Margarito González Morales plantean reformar el Código Penal, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y de la Ley Orgánica de la Administración Pública, todas del Estado de México, para crear este Registro Público de Agresores Sexuales, pues aseguran que existen niveles importantes de impunidad de los delitos de carácter sexual, resultado de diversas causas, entre las que se encuentran la cultura que culpabiliza a las víctimas y la falta de denuncia.

“Sancionar los delitos de naturaleza sexual rompe con la costumbre cultural de encubrir y tolerar a los agresores, por ello, esta iniciativa está enfocada en la creación de un Registro Público, para tener un mecanismo de prevención que facilite identificar a las y los delincuentes reincidentes y contar con elementos de prueba para la impartición de justicia”, señaló el diputado Tanech Sánchez Ángeles.

Asimismo, resaltan que la reforma promueve el uso correcto de la información contenida dentro del Registro, asegurando el derecho a la protección de datos personales de los agresores, evitando daños a su intimidad, privacidad y dignidad.

Siendo el Estado de México una de las entidades con mayor índice de feminicidios en el país, Sánchez Ángeles señaló que la propuesta es necesaria y debe ser implementada lo antes posible. “Sin duda esta iniciativa busca evitar la reincidencia, fortaleciendo la sana reinserción social, dando un seguimiento a través de un registro formal”, agregó.

Propuesta  

Estipula que la reparación e indemnización del daño, no impedirá la inscripción en el Registro Público de Personas Agresores Sexuales, cuando sea procedente el delito y el tiempo que el agresor estará inscrito en el listado será determinado a criterio de un juez, dependiendo de la gravedad del delito, y éste no podrá ser menor a 10 años ni mayor a 30 años; sin embargo, podrán reducir el tiempo presentando constancias o documentos que acrediten su asistencia a cursos de manejo de ira, sensibilización, perspectiva de género o similares que contribuyan a evitar su reincidencia.

Se detalla que el área del Registro Público de Agresores Sexuales, estará adscrita a la Secretaría General de Gobierno en coordinación con la Secretaría de Seguridad del estado, y será alimentado por el Poder Judicial mexiquense.

En el Registro, se inscribirán a las personas cuya sentencia haya causado ejecutoria por algún delito contra la libertad sexual, y contendrá: Nombre y Clave Única del Registro de Población del agresor; fecha de nacimiento; datos de la denuncia presentada en su contra; el órgano jurisdiccional que ordenó las medidas; datos del expediente jurisdiccional de la que deriva su inscripción; filiación de la persona; lugar donde cometió el delito y modus operandi, así como el perfil genético. Además, contendrá una fotografía actual del agresor; edad; alias; nacionalidad; señas particulares y perfil genético.

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