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Avala Suprema Corte de Justicia de la Nación disminución de regidores y síndicos

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló como improcedentes los siete argumentos presentados por los partidos Acción Nacional, Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática y del Trabajo, para invalidar la llamada Ley Higinio, con la cual, se reduce el número de integrantes de los 125 ayuntamientos mexiquenses.

Aunque en principio, fueron seis los partidos políticos que presentaron acciones de inconstitucionalidad, los ministros optaron por descartar las acciones promovidas en el tema por el Verde Ecologista de México y Encuentro Solidario al indicar que a diferencia del resto de los partidos, su inconformidad fue presentada por representantes legales y no por su dirigencia nacional o estatal, tal y como lo establece la norma.

Durante el análisis de las acciones promovidas, los ministros aprobaron por mayoría, calificar de improcedentes los siete puntos que argumentaban los partidos para tratar de echar abajo la Ley Higinio: señalaban que la iniciativa carecía de un fundamento real y una motivación palpable, toda vez que sólo se sustentaba en un tema de austeridad y ahorro del gasto público; además de la existencia de cinco violaciones a la veda electoral, al principio de representación proporcional, al derecho de reelección, al principio de progresividad y al de supremacía constitucional; así como una omisión legislativa.

Los ministros refirieron que la norma fue emitida fuera de la veda electoral y no es violatoria del principio de representación proporcional, puesto que la Constitución otorga libertad a la Legislatura local para definir el número y porcentajes de regidores que ocuparán ese cargo, tanto por el principio de mayoría relativa como de representación proporcional.

“En realidad la reforma no varía el porcentaje entre un principio y otro, los nuevos porcentajes establecidos siguen reflejando una representatividad adecuada y otorgan una participación importante”, refirió el proyecto del ministro Javier Laynez Potisek.

Asimismo, resaltaron que no se viola el derecho de reelección, puesto que esta figura no se puede definir como un derecho inherente al cargo, sino como una posibilidad de acceder a ella de manera condicionada, es decir, si es que se da el cumplimiento de requisitos.

Con esta resolución de la SCJN, se han agotado las alternativas de los partidos políticos para revertir la validez de la reducción de síndicos y regidores de los ayuntamientos, por lo tanto, lo avalado por el Congreso local ya es oficial y se hará efectivo en el presente proceso electoral.

Integración de Ayuntamientos  

La resolución de la Suprema Corte de Justicia avala que los municipios con menos de 150 mil habitantes estarán integrados por 9 ediles: un presidente, un síndico, cuatro regidores de mayoría relativa y tres regidores de representación proporcional, encontrándose en este supuesto 96 ayuntamientos.

Los municipios con más de 150 mil y hasta 500 mil habitantes tendrán 11 ediles: un presidente, un síndico, cinco regidores de mayoría y cuatro de representación proporcional, en este supuesto están 18 municipios; mientras que aquellos con más de 500 mil pobladores estarán integrados por 15 ediles: un presidente, un síndico de mayoría relativa y uno de representación proporcional, siete regidores de mayoría y cinco plurinominales, en este apartado se encuentran 11 localidades.

Ahorro anual

El presidente de la Junta de Coordinación Política de la LX Legislatura y líder del grupo Parlamentario de Morena, Maurilio Hernández, aseguró que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sólo reafirma el dictamen del Congreso mexiquense, de adelgazar el aparato burocrático de los ayuntamientos, reduciéndoles 407 regidores y 9 síndicos, lo que les permitiría generar un ahorro anual de mil 500 millones de pesos.

Aseguró que la iniciativa presentada por Higinio Martínez y robustecida por los diputados mexiquenses, se encontraba debidamente fundamentada, sobre todo, por el ahorro económico que representa.

La medida no sólo estaría generando un ahorro financiero, sino que también implicaría el eficientar el trabajo administrativo al dar mayor agilidad a las funciones de los servidores públicos. “Se trata de ir modernizando el sistema y el servicio público, depurar lo que no ha dado resultados. No es dejar sin empleo a personal, sino evitar contratar el innecesario para frenar el engrosamiento del aparato burocrático”, acentuó.

Resultaba necesario realizar adecuaciones en la estructura de los gobiernos municipales, puesto que en la actualidad, en promedio la nómina del aparato burocrático en el gobierno del Estado de México y ayuntamientos, abarca al menos el 60% del gasto corriente.

Por otro lado, Maurilio Hernández indicó que el ahorro que los 125 generarán por esta medida, permitirá que lo destinen a temas de salud, seguridad pública, inversión e infraestructura.

Ante la pregunta expresa sobre la posible afectación que tendría este nivel de gobierno al desaparecer comisiones edilicias por la escasez de servidores públicos que las integren, el diputado afirmó que no habría un daño, toda vez tendrán que estructurar un Ayuntamiento que cumpla con lo fundamental como el manejo de los recursos públicos como la Tesorería, la Secretaría del Ayuntamiento, de Gobierno, la Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, Seguridad Pública y otras direcciones que den atención oportuna a la demanda ciudadana.

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