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Ratifica TEPJF facultades sancionadoras al INE

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El Instituto Nacional Electoral (INE) está facultado para sancionar a partidos políticos cuyos informes de ingresos y gastos presenten irregularidades en un informe distinto al fiscalizado.


Julio Pérez de León Sala
El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó por unanimidad que el consejo general del Instituto Nacional Electoral (INE) está facultado para sancionar a partidos políticos cuyos informes de ingresos y gastos presenten irregularidades en un informe distinto al fiscalizado.
Para llegar a tal determinación, la Sala Superior englobó dos casos parecidos que fueron resueltos de manera contradictoria por las salas regionales de la Ciudad de México y Toluca.
En dichos casos, durante la revisión de los informes anuales que presentaron los partidos políticos se fiscalizan los ingresos y gastos correspondientes a un periodo ordinario, el INE identificó que reportaron operaciones correspondientes a periodos distintos, es decir, ingresos o egresos que se relacionaban con campañas cuya revisión de informes ya había concluido.
Pese a tener el mismo caso, las salas actuaron de manera distinta, pues por un lado, ante la identificación de gastos no reportados de campaña durante la revisión del informe anual, la Sala Regional de la Ciudad de México reconoció la competencia del INE para fiscalizar e imponer la sanción correspondiente.
Y por otro lado, la Sala Regional Toluca determinó que sólo los gastos del periodo ordinario pueden ser fiscalizados y sujetos a sanción.
Los magistrados determinaron que de acuerdo al marco normativo, si de los informes de los partidos políticos se advierte la existencia de gastos e ingresos que debieron reportarse en un informe distinto al que se revisa, el Consejo General del INE, en cumplimiento de sus obligaciones, cuenta con la facultad para imponer, en su caso, las acciones que estime conducentes.
Se argumentó que de lo contrario implicaría permitir a los partidos omitir reportar gastos e ingresos en los informes en los que deban rendirlos, con la intención de impedir u obstaculizar el ejercicio de la facultad de fiscalización de la autoridad.
En ese tenor, por ejemplo, la revisión de gastos de campaña de los candidatos al gobierno coahuilense de las coaliciones encabezadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Miguel Riquelme y por el Partido Acción Nacional, Guillermo Anaya, detectó eventuales rebases de topes de campaña, lo que por el momento, tiene en suspenso la validación de la elección, y en su caso, el monto a asignar por las sanciones correspondientes a cada partido.
De acuerdo a las reformas electorales, el INE cuenta con facultades de investigación financiera, de revisión y dictaminación, se implementó y funciona la Unidad Técnica de Fiscalización con presupuesto y patrimonio propio, cuya meta es el despliegue es la revisión de las operaciones económico-financieras atendiendo a principios de transparencia, rendición de cuentas y equidad en las contiendas electorales.