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Del Mazo, libre de delitos electorales

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TEEM determinó que el candidato tricolor no incurrió en actos anticipados de campaña


En sesión pública, el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) determinó que el candidato tricolor, Alfredo del Mazo, no incurrió en actos anticipados de campaña, así como los servidores públicos del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) estatal, no entregaron programas sociales dentro del periodo prohibido por la ley.
El pleno del TEEM resolvió el procedimiento especial sancionador, radicado con la clave PES/37/2017, que fue instado por el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en contra del candidato Alfredo del Mazo Maza y el Partido Revolucionario Institucional (PRI), por la supuesta comisión de actos anticipados de campaña, con motivo de diversas entrevistas en varios medios de comunicación.
Los magistrados determinaron en la sentencia, la inexistencia de la violación reclamada, ya que las conductas denunciadas se encuentran amparadas bajo los derechos de libertad de expresión, derecho a la información y ejercicio de la labor periodística. Por lo que hace al expediente PES/45/2017, la queja instada por el PRD, también en contra del candidato del PRI, por la supuesta comisión de actos anticipados de campaña, derivado de la difusión de un video en Youtube.
En la sentencia se declaró la inexistencia de la violación, derivado que del expediente no existen elementos que fueran autoría del denunciado; es decir, no se presentaron pruebas fehacientes del caso.